Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de MARCOS JOSE GALAVIS MORENO, Venezolano, natural de Chacao, Estado Miranda, mayor de edad, nacido en fecha 25-05-1979, titular de la Cedula de Identidad, V- 14.763.164, soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Arelis Moreno Rodríguez y José Vicente Galavis, residenciado en Urbanización Las Malenas, Calle 2, Casa Nº 6, El Muco, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, El Beneficio De Suspensión Condicional De La Ejecución De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión del delito de Estafa Agravada Continuada, previsto y sancionado en el artículo 462 numeral 1 en concordancia con el artículo 99 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los ciudadanos DANIEL ENRIQUE FERNANDEZ SILVA, MARTHA DEL VALLE CARABALLO, .....