DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ACUERDA la DECLINATORIA DE COMPETENCIA Del ciudadano PEDRO ANTONIO VARGAS, Venezolano, natural de Carúpano, soltero, nacido en fecha: 04/05/1974, de 42 años de edad, de profesión u oficio incapacitado, Titular de la Cédula de Identidad Numero V-12.287.140, hijo de Yuris Margarita Vargas La Rosa y Pedro Fernández, residenciado en Guayacán de las Flores, vereda 48, sector II, casa sin número, a una casa de la entrada de la vereda, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre; hasta el JUZGADO TERCERO DE CONTROL, SEGÚN EXPEDIENTE OPO1-P-2014000104, MEDIANTE OFICIO: 899-16, DE FECHA 14-03-2016, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, DISTRITO ARISMENDI, POR UNO DE LOS DELITOS DE: HOMICIDIO INTENCIONAL C.....