DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JOSE ALEJANDRO MUÑOZ VELASQUEZ, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 8.915.312 y residenciado en: Calle la Paz, Sector Los Molinos, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de FLOR DE LAS NIEVES RODRIGUEZ MARTINEZ, Venezolano, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad N°: 5.874.909 y residenciado en: Calle la Paz, Sector Los Molinos, Casa S/N, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49, numeral 8° y 306 ejusdem, y 108 numeral 5° del Código Penal, por estar llenos los requisitos de ley.