Sobre la base de lo acontecido en esta audiencia, atendiendo a las exposiciones de las partes el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal de Cumaná Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en causa seguida al ciudadano del imputado JOSE LUIS MARVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.933.582, 27 años de edad, nacido en fecha 02/02/1980, de oficio barbero, domiciliado en la urbanización el Dique, Calle 01, Vereda 01, Casa N° 7, Cumana, Estado Sucre, en causa seguida por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el Art. 409 del Código Penal, en perjuicio de MARITZA DEL VALLE HERNÁNDEZ, declara CON LUGAR las solicitudes de la Defensora Publica abogada Susana Boada, en los siguientes términos: PRIMERO: Se emite decisión mero declarativa, en cuanto al cese de la Medida de Coerción Personal, que fue impuesta al Ciudadano José Luis Marval, en audiencia de fecha 06/06/2005, en.....