Este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE, para conocer la acción de Amparo Constitucional incoada por los Abg. RAUL ENRIGUE PAREDES VELASQUEZ, en su carácter de Fiscal Provisorio de la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, con competencia plena, en representación de la victima, Ciudadano: JOSE GREGORIO CAMPOS GARCIA, por lo que considera el accionante, que se ha violentado los derechos y Garantías Constitucionales, como son: EL DERECHO DE ACCEDER A LA INFORMACION Y A LOS DATOS, DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y DEBIDO PROCESO, Y EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA, ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL n| 2, del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, se pronuncie sobre la solicitud del Ministerio P.....