este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Primero: Continuar el procedimiento por la vía ordinario, toda vez que faltan diligencias por practicar. Segundo: Se acoge la precalificación acá expuesta por el Ministerio Público, a saber el delito de INCENDIO, previsto y sancionado en el artículo 343 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Tercero: el Tribunal con base en los razonamientos supra explanados decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTUTITIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado JOSÉ ARISTÓBULO SANCHEZ MARCANO, de 44 años de edad, soltero, venezolano, indocumentado, de profesión u oficio indefinida, hijo de los ciudadanos José Sánchez y Gabriela Marcano, natural de Cumaná, Estado Sucre y residenciado en el caserío Cachamaure, calle principal, casa s/n, frente al balneario Cachamaure, San A.....