En atención a los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: EL CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al Ciudadano xxxxxxxxxxxxxx, Venezolano, nacido en Cumaná, el día xxxxxxx, de xxxxxaños de edad (adolescente para la fecha de los hechos objeto de la presente investigación), titular de la Cédula de Identidad N° xxxxxxxxxxx, soltero, de oficio indefinido, hijo de Sergio Guerra y María Caraballo, domiciliado en la xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; Con fundamento en el literal “H” del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Segundo: conminar al sancionado de autos, para el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta; en tal sentido, se acuerda citar al sancionado, para el día 18- 04.....