Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano ANGEL JESUS MARCANO RAMOS, venezolano, de 41 años de edad, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.457.888, de oficio Comerciante, nacido el 26-02-1969, hijo de Orlando Marcano Evelia Marcano, domiciliado en Puerto Santo, calle principal casa S/N cerca Licorería el Refugio como a 200 metros, cerca de la Cooperativa Omega, Municipio Arismedi, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de La Colectividad; todo de conformidad con lo dispuesto .....