En consecuencia, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la solicitud fiscal, siendo lo procedente, DECRETAR MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra de los ciudadanos GERMAN JOSE CUMANA CARIACO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.772.853, de 36 años de edad, soltero, natural de Cumana nacido en fecha 07-09-1974, de profesión u oficio vigilante, residenciado en la Urbanización Brasil, Sector 01, calle 02, casa N° 20 de esta ciudad de Cumaná y GLEDIS RAFAEL MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.722.663, de 28 años de edad, soltero, natural de Cumana , nacido en fecha 21-10-1981, de profesión u oficio vigilante privado, residenciado en la Urbanización Brasil, Sector 01, calle 02, casa N° 20 de esta ciudad de Cumaná, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del Artículo 149 la Ley Or.....