este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Suspensión Condicional del Proceso y se Aprueba el Acuerdo Reparatorio, en el presente Asunto Penal seguido al ciudadano Antonio Rafael Pino Pino, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.363.345, nacido en fecha 10-05-1992, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de Domilia Pino y Santos Reyes, y residenciado en el Sector Bahía Honda, Calle Araguaney, Casa S/N, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Argelia Melet Rodríguez Espin, estableciéndose un Régimen de Pruebas de Un (01).....