En atención al razonamiento antes expuesto, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de Oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 eiusdem, con los efectos señalados en el artículo 271 del mismo Código adjetivo, en el juicio que por DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO incoada por la ciudadana DAYANA DEL CARMEN MARCANO COVA, venezolana, de estado civil soltera, de profesión comerciante, domiciliada en la Calle Principal de Cantarrana, O.C.V. Fuerza Bolivariana, sector San José, casa Nº 19, jurisdicción de la Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.596.617, mayor de edad, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio FERNANDO JOSÉ LOPEZ, insc.....