Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda decretar al imputado JOSÉ ANTONIO PEÑA FERNÁNDEZ, venezolano, natural de Cumaná, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.313.657, nacido el 30-05-82, de 25 años de edad, de oficio no definido, de estado civil soltero, hijo de José Antonio Peña y de María Mercedes Fernández residenciado en la Villa Cristóbal Colón, Calle 02, Casa N° 02-74, de conformidad con el numeral 3 del articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, las siguientes Medidas de Protección: salida del agresor de la residencia común, ello en virtud de encontrarse presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Asimismo, este Tribunal vista la solicitud del Ministerio Público de acumulación .....