En consecuencia, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, de quien en vida se llamara AVILIA DE LOURDES ROJAS DE RODRIGUEZ , venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identi¬dad N° 3.420.688,incoado por el ciudadano OMAR JOSE RODRIGUEZ ROJAS , venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.882.468 ,domiciliado en la ciudad de Carúpano, jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre hábil, en consecuencia en el ACTA DE DEFUNCION, donde aparece erróneamente escrito que su residencia se encontraba en calle Las Margaritas, Edificio Don Roberto, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Su.....