En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: ANTONELLA DE SARIO RUIZ y CARLOS ENRIQUE GARDIE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.273.264 y V- 5.857.589, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio ciudadana: ENGERMAN MEDINA FIGUEROA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°173.181, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Primera Autoridad del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha: veintiuno (21) de Diciembre de 2012.-
Definitivamente fir.....