Por todos los motivos de hecho y de Derecho que anteceden, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio DANIELA BRACHE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el no 91.428, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, sociedad mercantil TRANSPORTE MARITIMO MAERSK VENEZUELA C.A, contra la sentencia interlocutoria de fecha 18 de marzo de 2011, dictada por el juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción del estado Sucre, en el juicio que por INDEMNIZACION DE DAÑO MATERIAL Y LUCRO CESANTE, seguía la sociedad de comercio TRANSPORTE ARAYA C.A, representada judicialmente por el abogado en ejercici.....