En este estado toma la palabra el Tribunal expone: visto el acuerdo llegado entre las partes este Tribunal acuerda nombrar depositario al ciudadano José Rafael Marín representante de la Sociedad Mercantil Restaurant María y Alfonso arriba identificada de los bienes embargados ejecutivamente los cuales estan identificados en la presente causa a los fines de su guardia y custodia hasta que el Tribunal de la causa libere su ejecución, es todo. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez. Prov., (fdo) ilegible, La notificada, (fdo) ilegible, Parte actora y Abg. Asistente, (fdos) ilegibles, El Perito avaluador, (fdo) ilegible, Los funcionarios policiales, (fdos) ilegibles, Parte demandada y Abg. Asistente, (Fdos) ilegibles, El Depositario Judicial, (fdo) ilegible y la Secretaria, (fdo) ilegible.
Otro si: Este Tribunal deja constancia de haber recibido de manos del ciudadano José Rafael Marín, un cheque de gerencia del Banco Carona N° 00010610, por la cantidad de Dos Millones Quinientos .....