En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos JOSE GREGORIO AGREDA MARTINEZ y SONIA DEL CARMEN SANCHEZ GASPAR, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-10.881.955 y V-13.293.149 respectivamente, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre en fecha Cuatro (04) de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1.988), acta Nº 163 de los Libros de Matrimonio llevados por ese despacho.
Definitivamente firme como ha quedado el fallo dictado, remítase bajo o.....