DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano CARLOS ENRIQUE GUERRA GUERRA, Venezolano, Estado Anzoátegui, de 26 años de edad, nacido el 27-08-1986, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 23.701.220 hijo de Merquiades Ramona Guerra y Ramón Carmona, profesión u oficio: Obrero, residenciado en: Pueblo Viejo Abajo de Irapa, Calle Principal, Casa S/N, frente a transporte Santa Maria, Municipio Mariño del Estado Sucre, pero me voy a mudar para casa de Adelbis López, que queda sector Pueblo Viejo de Abajo, cerca del Hospital de Irapa, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho d.....