Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, impuesta al ciudadano JULIO CESAR GUTIÉRREZ ROJAS, venezolano, nacido en fecha 10-01-85, de 24 años de edad, soltero, de oficio construcción, titular de la cédula de identidad N° 16.817.830, hijo de Omar Gutiérrez y Olaisa Rojas y residenciada en la Población de Petare, Carretera Nacional Cumaná - Carúpano, cerca de la quebrada, casa S/N°, Municipio Bolívar del Estado Sucre, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y .....