Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE a la ciudadana GREUDY YANET CASTAÑEDA, venezolana, de 32 años de edad, titular de la Cédula de Identidad 15.112.696, natural de Cumaná, hija de Grecia Castañeda; soltera, fecha de nacimiento 04-12-1979, residenciada en el barrio El Valle, calle principal, detrás de la Urb. Los roques, las casas nuevas, casa Nº 2, Cumaná, como autora o participe en la comisión del delito DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, en consecuencia, se le exime de todo responsabilidad penal en torno al hecho objeto del presente juicio, y se ordena el cese de toda medida de coerción personal que le fuera impuesta.- Así.....