Este Juzgado de primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de los ciudadanos UDEISIS RAMON RODRIGUEZ AMUNDARAIN y JOANDRYS JOSE MARCANO CEDEÑO, de las establecidas en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada SIETE (07) DÍAS por ante la Unidad del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, hasta que el Tribunal de Ejecución decida lo conducente. SEGUNDO: Se CONDENA a los ciudadanos UDEISIS RAMON RODRIGUEZ AMUNDARAIN, venezolano, Natural de Carúpano, soltero, de 31 años de edad, de oficio Albañil, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.374.582, nacido en fecha 01/05/1985, hijo de Beltha Rodríguez y Bernardo Amundarain y residenciado en el sector Macarapana, Quebrada de Agua, Calle Principal, ca.....