decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad en contra de los adolescentes XXXXXX; XXXXXXX; a quienes se les iniciara la presente causa por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de La Colectividad; contenidas en los literales "C" y "D" del artículo 582 de la LOPNNA, consistentes en presentaciones cada 8 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y prohibición de salir de la ciudad de Cumaná sin la autorización escrita de este Tribunal. La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557, 559, 582 y 628 de la LOPNNA. Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del.....