DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano JULIAN DAVID SOSA venezolano, natural de Sabaneta del Pilar Municipio Benítez del estado Sucre, de 43 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.075.175, nacido en fecha: 25-04-74, soltero, de Ocupación agricultor, hijo de Julian García y Maria Sosa, con domicilio en el Sabaneta del Pilar, calle Páez, casa S/N, via santa tecla, cerca de la plaza de sabaneta, Municipio Benítez del estadoi sucre, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MARIA TEREZA MA.....