En atención a las consideraciones antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y de Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en los artículos, 8, 365, y 369, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, declara: CON LUGAR, la demanda que por FIJACIÓN DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: JESSICA JOSEFINA ROSILLO DE CARABALLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.407.625, domiciliada en la Urbanización Pancho Maíz , Hospedaje Divino Niño, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; en contra del ciudadano: HECTOR LUIS CARABALLO, venezolano, mayor de edad, de ocupación vigilante en la Alcaldía del Municipio Ribero , Titular de la cédula de identidad N°.V-19.330.964, y.....