este Tribunal para decidir hace las siguientes consideraciones:
Que desde el día 27 de Abril exclusive, fecha en que abrió el lapso de promoción de pruebas, hasta el 9 de Abril de 2.019, fecha inclusive, en que venció el lapso probatorio transcurrieron por ante este Tribunal Quince (15) días de despacho tal como consta al computo realizado en la presente causa y al calendario judicial de este Tribunal, que en fecha 10 de Abril de 2.019, este Tribunal agregó al expediente el escrito de pruebas consignado en fecha 09 de Abril de 2.019, por la parte demandada, asimismo en esa misma 10 de Abril de 2.019, compareció por ante este Tribunal el abogado en ejercicio JUAN MANUEL TORCAT, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 166.056, en su carácter de acreditado en autos, y presentó escrito donde expone que estando dentro de la oportunidad procesal para promover pruebas, comparece ante este Tribunal y promueve las mismas, y por cuanto se observa que el mismo fue consigna.....