este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad en contra de los ciudadanos DÁMASO RAFAEL DURÁN ACOSTA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.110.968, de 26 años de edad, nacido en fecha 04-11-78, natural de Cumaná, de estado civil Soltero, de oficio mecánico, hijo de Santos Rafael Durán y Nieves Acosta Suárez, residenciado en Brasil, sector 1, avda. 06, casa N° 5; Cumaná,, Estado Sucre; teléfono 0293-411.65.00; y WILMER JOSÉ DURÁN ACOSTA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-18.210.964, de 27 años de edad, nacido en fecha 01-02-88, natural de Cumaná, de estado civil Soltero, de oficio obrero, hijo de Santos Rafael Durán y Nieves Acosta Suárez, residenciado en Brasil, sector 1, avda. 06, casa N° 5; Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0293-411.65.00; por la p.....