este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda imponer Medidas cautelares sustitutivas de la privación judicial preventiva de libertad al ciudadano imputado CARLOS ALFONSO MARIN RESTREPO, venezolano, de 46 años, nacido en fecha 14/10/1965, titular de la cédula de identidad n° 11.837.367, de profesión comerciante, _, residenciado en el Barrio ENSAL, sector 2, calle 3, casa n° 25, Araya, Municipio Cruz Salieron Acosta, Estado Sucre, teléfono 0414-189.79.00; a quien se le instruye la presente causa por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO FRAUDULENTO DE FONDOS DE LA ADMINISTARCION PUBLICA, previsto y sancionado en el articulo 74 de la Ley Contra la Corrupción en perjuicio de FODAPEMI, consisten en presentaciones periódicas y expresa obligación de comparecer al acto de Audiencia Preliminar, de conformidad con lo establecido .....