DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, éste Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la prescripción especial a favor del Ciudadano LUIS GREGORIO MATA FLORES, venezolano, de estado civil: soltero, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.062.921, nacido en fecha 10-07-1980, hijo Andrea Flores y Bernardo Mata, de ocupación obrero y domiciliado en la calle Guasgualito, sector Chamberi, casa s/n, a 20 metros de la Licorera Frente El Sol, de Rió Caribe, Municipio Arismendi Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, PSICOLÒGICA Y AMENAZA previstos y sancionado en los artículos 42, 39 y 41 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LUISANA DEL VALLE CARMONA GUERRA; de conformida.....