En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescentes, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda someter al adolescente XXXXX, venezolano, indocumentado, nacido en fecha 27-01-1990, de 17 años de edad, de profesión u oficio ayudante de albañilería, hijo de Juana Navarro Navarro, con domicilio XXXXXXXX, a quien se le inició averiguación por su presunta participación en un delito Contra la Propiedad específicamente Hurto Simple, a la medida cautelar contenida en el literal C del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, quedando el mismo obligado a presentarse cada QUINCE (15) DÍAS ante el Destacamento Policial N° 02, con sede en la población de Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, a quien se le inició averiguación por su presuntas participación en un delito Contra la Propiedad específicamente el delito de.....