En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 1, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos LEON ANTONIO FIGUEROA, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 11.444.914, Y ARGENIS RAFAEL FIGUEROA, quien en es venezolano, Mayor de Edad, Indocumentado, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de EDUIN JOSE DIAZ; quien en es venezolano, Mayor de Edad, Titular de la cedula de identidad N: 15.113.197, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 49, numeral 8° y 306 ejusdem, y 108 numeral 5° del Código Penal, por estar llenos los requisitos de ley. Po.....