Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ANGEL ANTONIO SALAZAR GONZALEZ, venezolano, natural de Anaco, estado Anzoategui, de 29 años de edad, nacido en fecha 19/12/ 1988, titular de la cédula de identidad Nº V- 22.998.538, de oficio Comerciante, hijo de Gladis Josefina González Marin y Padre Desconocido, residenciado Sector Villa del Mar, casa s/n°, cerca de la parada del mercado, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio de FRANCISCO BELTRAN CARAB.....