este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, pasa a decidir, en la misma sala de audiencias y en presencia de las partes, tal como lo dispone el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal en los términos siguientes: resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se Admite TOTALMENTE la ACUSACIÓN FISCAL, presentada por la Representación Fiscal 3 del Ministerio Público, en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO MALAVE COA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.897.866, soltero, hijo de Yuraima Coa y Juan Malavé, fecha de nacimiento 01/09/1996, de oficio Ayudante de Albañilería, natural de Cumaná; residenciado EN Brasil Sur, Sector la Arboleda, calle Principal, En frente de la Bodega de la Señora Rosita, de esta ciudad de Cumana Estado Sucre, teléfono 0426-286-72-81, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JUAN RONDON; y PO.....