Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado Carlos Alexis Malave, venezolano, de 29 años de edad, de estado civil soltero, nacido en la ciudad de Carúpano el día 28-04-1977, titular de la Cédula de Identidad N° 14.717.804, de profesión u oficio comercio informal, hijo de Desiderio Acosta González y Eugenia Josefina Malave y domiciliado en Canchunchú Viejo, Calle la Cruz, Casa Nº 25, Carúpano, Estado Sucre; por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de Robo Leve, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 456 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana Oskarina Suniaga Jiménez; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1° 2º y 3º; 251 ordin.....