Este Tribunal Segundo de Juicio Unipersonal del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE, al ciudadano ADRIANI EMILIO SARMIENTO VELASQUEZ, venezolano, soltero, buhonero, de 26 años de edad, natural de Caracas, Distrito Federal, donde nació el 11-02-1979, hijo de Adriani Sarmiento y Elaiza Margarita Velásquez, titular de la Cédula de Identidad N°: 15.893.188 y residenciado en Edif. El Guásimo Catia, Apto. 5-B, Caracas, Distrito Capital; a quien la referida Fiscalía, lo acusó como autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal en perjuicio del hoy occiso PEDRO ENRIQUE CRESPO PINO, imputado por la Representación Fiscal en su acusación. La presente es dictada de conformidad con lo establecido en los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de e.....