Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso o juicio de invalidación intentado por los ciudadanos: JOSE ROSARIO TORRES RAMOS, LUIS ENRIQUE TORRES RAMOS, ILDEMARO JOSE TORRES RAMOS, CARLOS JOSÉ TORRES RAMOS, OSCAR JOSÉ TORRES RAMOS, JESÚS RAFAEL TORRES RAMOS y JESUS MANUEL TORRES RAMOS, titulares de la cédula de identidad N° V-6.123.013, 4.170.824, 4.170823, 6.522.445, 6.522.444, 6.123.017 y 6.123.015, respectivamente; representados por el abogado JOSE TORRES RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.177, contra el ciudadano: JAVIER JOSE FERMIN GIL, titular de la cédula de identidad N°. 1.912.051, representado por el abogado LUIS F. LEAL TOTESAUT, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.555. En consecuen.....