Por lo que este Juzgado Quinto de Control administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Medida Cautelar sustitutiva a la Privación Preventiva De Libertad, para el ciudadano Wilmer José Jiménez Jiménez, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.701.453, nacido en fecha 27/03/1982, soltero, de profesión u oficio indefinido, residenciado en El Tacal 2, sector el puente casa S/N°, al lado del Mercal, hijo de Isaura Jiménez y Gerardo Rojas, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en el artículo 274 del Código Penal en perjuicio del estado venezolano y Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito previsto y sancionado en el artículo 270 del Código Penal en perjuicio del Estado venezolano. Consistente solamente en no portar armas de fuego y blanca, de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal .....