este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE al penado JOEL JOSE GOITIA GOITIA, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 08-02-1987, natural de esta ciudad de Cumaná, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad No. V-20.062.805, de profesión u oficio ganadero, hijo de Noris Goitia y Simón Sánchez, residenciado en el Barrio El Guapo, Casa sin numero, frente al Gimnasio 26 de Octubre, frente al trailer blanco donde venden comida, Cumaná, Estado Sucre ó el Macaro, Turmero, Calle Principal, Casa Nº 32, Maracay, Estado Aragua, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Sucre, condenado por la comisión del delito de HURTO .....