EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que los Penados: Julio Cesar Portillo Montilla y Keiber Alfredo Garcia Salazar, fueron condenado a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE Presidio , mas las accesorias Legales, establecidas en el artículos 13 del Código Penal.