Dadas las consideraciones que preceden, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada en fecha 06 de julio de 2012, contra el ciudadano RICHARD JOSE FUENTES GONZALEZ, venezolano, de 19 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 21.096.671, natural de Cumaná, nacido en fecha 26-06-1993, hijo de Gloria de Fuente y Luis José Fuentes, de oficio ayudante de Albañilería, residenciado en la Avenida Perimetral, Calle el Tesoro, casa No. 16, cerca de la Arepera La Milagrosa, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; en virtud de a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad para el Mini.....