este JUZGADO CUARTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara sin lugar la petición de libertad sin restricciones y la petición de Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad hecha por la defensa, declara con lugar la petición fiscal y DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano OLIVER RAFAEL RODRIGUEZ RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.762.906, de 30 años de edad, de ocupación u oficio: carpintero, residenciado en Calle García Sector puerto España, casa N° 67 de esta Ciudad, y/o en Valle Verde, Municipio Díaz, sector las Maritas, casa s/n, cerca del festejo las Maritas, a dos cuadras, Estado Nueva Esparta, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral primero concatenado con el artículo 424 ambos del Código Penal, en perjuicio de DIMAS .....