Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar y Mejía del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto efectuada por la ciudadana: DESIREE MILAGROS MARTINEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad N°. V- 18.777.238, domiciliada en Cumana, Boca de Sabana, Casa S/N, Parroquia Santa Inés, del Estado Sucre, asistidos por la Abogada, en ejercicio María Alejandra Salazar Salazar, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 298.729, contra el ciudadano: JOSUE ELIAS LANZA VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad número V- 18.416.987, domiciliado en Urbanización Campamento, La Calle N° 1, Casa N 8, Marigüitar, Municipio Bolívar, Estado Sucre
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