este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, del ciudadano JHOAN ENRIQUE RENGEL CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 21.094.673, de 19 años de edad, fecha de nacimiento 10-09-91, natural de Cumaná, hijo de César Rengel y Cruz Contreras, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Cantarrana, sector Santa Eduviges, casa N° 5, última calle, Cumaná, Estado Sucre; por los delitos de AMENAZAS y DAÑOS A LA PROPIEDAD, previstos y sancionados en los artículos 175 y 473, respectivamente, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CARLOS ALBERTO GRAPA MARCANO. En consecuencia, líbrese Oficio al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, adjunto a boleta de libertad. Se acuerda notificar a la víctima, que se decretó la desestimación de la denuncia en la presen.....