este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: con lugar la solicitud presentada la representante del Ministerio Público y declara con lugar lo solicitado por la defensa, en consecuencia, se acuerda imponer medidas cautelares sustitutivas, contenidas en los literales C, D y F, del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, al ciudadano adolescentes JXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de 17 años de edad, venezolano, nacido en Cumaná el 10/04/1987, de oficio u profesión estudiante de la misión Robinson, indocumentado, hijo de Luis y Irma Contreras, domiciliado en La Urbanización La XXXXXXXXXXXXXXXX, Sector XXXXX, Vereda XXXXX, casa No. XXXXX, cerca del Kinder X; las cuales consisten en presentación periódica cada 8 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, prohibición de sali.....