éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del imputado ANTONIO JOSÉ GONZÁLEZ ROJAS, Venezolano, de 27 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.083.023, soltero, natural de Cumaná, fecha de nacimiento 02/10/1986, de profesión u oficio Chofer, hijo de Eudina Rojas y Edgar González, residenciado en Brasil Sector I, Vereda 40, casa Nro. 02, Cumaná, Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el artículo 300, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, como consecuencia de haberse declarado la Extinción de la Acción Penal, conforme a lo previsto en los artículos 46 y 49, numeral 7, de la misma norma Adjetiva Penal.