DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 03, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado: ALFREDO JOE ROSAL DIAZ, venezolano, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal, Estado Sucre, de 48 años de edad, nacido en fecha 22/12/1966, titular de la Cedula de Identidad, V- 10.530.764, soltero, de profesión u oficio Estudiante obrero, hijo de Erasmo Rosal y Celia Díaz, residenciado en calle las flores, casa Nº 15, cerca de una gallera, Sector Chorochoro, Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, a quien se le inicia investigación por su presunta la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 Ordinal 8º del Código Penal, en perjuicio de JOSÉ LUÍS R.....