En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185, (DESAFECTO, DESAMOR E INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES), interpuesta por los ciudadanos ELIAB TOLEDO y MAGLERVIC ALEJANDRA DEL NARDO DE TOLEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V.- 18.459.301 y V.- 17.407.576, respectivamente, quedando en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Oficina del Registro Civil Municipal del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio N° 0165, de fecha 26 de Agosto del año 2013.
Definitivamen.....