En atención a las consideraciones antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y de Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en los artículos, 8, 365, y 369, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, declara: CON LUGAR, la demanda que por FIJACIÓN DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: RAYMAR JOSEFINA MARTINEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.124.369, domiciliada en la comunidad de Cerezal, calle San José, casa s/nª, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; en contra del ciudadano: VICTOR ROBERICK ZAPATA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N°.V-24.535.649, domiciliado en La calle Principal de Cerezal, Parroquia Caria.....