DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la Ciudadana YOLEIDIS REGINA GOMEZ, venezolana, natural de Yaguaraparo, de 30 años de edad, nacida en fecha 07-09-80, soltera, de profesión Del Hogar, titular de la cédula de identidad Nº 15.089.387, hija de Ángela Gómez y Catalino González, domiciliada en Caserío Río Chiquito Arriba, calle Principal, casa S/N, a 05 casas de la escuela del caserío. Yaguaraparo. Municipio cajigal del Estado Sucre; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artíc.....