este Juzgado Quinto de Control administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Privación Judicial Preventiva De Libertad, de los imputados ALVARO ENRIQUE URBINA RAMÍREZ , de 53 años de edad, nacido en Cúcuta Colombia el 2/03/1954, casado, ocupación conductor, cedula de identidad 81776179, domiciliado en la Novena carera Norte, casa 33, El Tigre Estado Anzoátegui y ALVARO ENRIQUE URBINA MOLINA, de 35 años de edad, nacido en San Cristóbal el 28/12/1971, cedula de identidad 13929181, ocupación estudiante, soltero, domiciliado en San Cristóbal barrio Veracruz, pasaje Bella Vista, casa 2-33 San Cristóbal Estado Táchira por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se mantiene a los imputados recluidos en la Comandancia G.....