En mérito a las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando como Juzgado Constitucional, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional presentada por la abogada DENISSE FERNANDEZ venezolana, mayor de edad, titula de la cédula de identidad Nro. 18.581.117, e inscrita en el I.P.S.A bajo el numero 270.970, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana CARMEN CECILIA PADILLA D´ VIASI, venezolana, mayor de edad, economista agrícola, titular de la cédula de identidad número V-9.266.242, domiciliada en Barinas, Municipio y Estado Barinas, contra el auto dictado en fecha 13 de enero de 2020, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de este Circuito.....